La DANA que azotó el levante español evidenció la vulnerabilidad de ciertas zonas ante eventos climáticos extremos. La magnitud de los daños puso a prueba al sector asegurador y, en particular, a una institución única en el mundo: el Consorcio de Compensación de Seguros (CCS).
Aunque su papel en el sector ha generado un especial interés mediático desde el pasado mes de octubre, el CCS lleva décadas complementando al seguro privado en España. Nació en 1941 bajo otra denominación, ‘Consorcio de Compensación de Riesgos de Motín’, como instrumento provisional para facilitar la liquidación de daños producidos por la Guerra Civil española y adquirió su nombre definitivo en 1954, cuando se le atribuyó la cobertura de los riesgos extraordinarios y agrícolas. En esa segunda etapa, asumió paulatinamente nuevas funciones en los ámbitos del seguro de crédito a la exportación y el seguro agrario, y absorbió dos organismos autónomos de la Administración del Estado: el Fondo de Garantía del Seguro Obligatorio de Automóviles y la Comisaría del Seguro Obligatorio de Viajeros. En su tercera fase, que llega hasta la actualidad, pasó a tener la configuración de Sociedad Estatal y trazó una senda de colaboración con el seguro privado.
Objetivo y alcance
Adscrita como entidad pública al Ministerio de Economía, Comercio y Empresa (MINECO), tiene como objetivo principal garantizar la cobertura de daños derivados de catástrofes naturales y siniestros extraordinarios (como actos de terrorismo o accidentes nucleares). Su respaldo a las coberturas privadas es fundamental en estos casos de excepción, tanto en el plano contractual como en la asistencia a los afectados.
Su actuación en situaciones de catástrofe climática se activa bajo unas condiciones específicas, ya que los daños ocasionados indemnizables deben cumplir con ciertos requisitos.
El primero, es que el siniestro derive de catástrofes naturales. Tal y como nos explicaba Alejandro Izuzquiza, ex Director de Operaciones del CCS, en una entrevista concedida a este medio, “existen eventos en los que el Consorcio no actúa, como ocurre en los casos de daños producidos por la nieve o por el granizo, fenómenos que no se encuentran en la relación de riesgos extraordinarios”. Hay otros eventos en los que, en cambio, interviene tanto el CCS como el seguro privado: en el caso de lluvia intensa generadora de inundación, el Consorcio indemniza los daños producidos por el anegamiento del terreno derivado de las lluvias o del desbordamiento de un río, pues la inundación sí está en la relación de riesgos extraordinarios; por su parte, la aseguradora privada resarce los daños producidos por filtraciones de la lluvia por ventanas o azoteas, ya que la lluvia por sí misma, al margen de su intensidad, no constituye riesgo extraordinario.
La DANA en Valencia: un ejemplo de respuesta
El pasado 29 de octubre, un episodio extraordinario de precipitaciones intensas azotó el levante español, dejando tras de sí un escenario de daños humanos, materiales y económicos sin precedentes. La situación, tal y como reflejó el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO) en su informe posterior, fue consecuencia de la presencia de una DANA situada sobre el estrecho de Gibraltar que favoreció las lluvias torrenciales que afectaron a las provincias de Cuenca, Murcia, Albacete y Valencia, siendo especialmente damnificadas estas dos últimas regiones. Se alcanzaron cifras récord como la recogida en la localidad valenciana de Utiel, donde ser registraron 771 l/m² en 24 horas, de los cuales 185 se acumularon en tan solo una hora.
Tras lo sucedido, el CCS activó inmediatamente el protocolo de intervención, analizando las zonas afectadas y determinando la cuantía de los daños. Además, se puso rápidamente en contacto con mediadores y compañías de seguros, con los que a día de hoy sigue colaborando para brindar asistencia a los afectados. La estimación arrojada por la institución de los daños totales es de unos 3.500 millones de euros.
Según la quinta nota informativa publicada por el Consorcio, que recoge las actuaciones llevadas a cabo hasta el 21 de noviembre de 2024, se han recibido más de 200.000 solicitudes de indemnización, con el siguiente desglose según el tipo de riesgo:
- Viviendas de propietarios: 64.097 solicitudes de indemnización.
- Vehículos automóviles: 120.394 solicitudes de indemnización.
- Comercios, almacenes y otros riesgos: 11.757 solicitudes de indemnización.
- Oficinas: 908 solicitudes de indemnización.
- Riesgos industriales: 3.474 solicitudes de indemnización.
- Obras civiles: 42 solicitudes de indemnización.
Para atenderlas, el CCS ha movilizado a más de 1.000 peritos, a los que se suman peritos de otras entidades aseguradoras, a los que se les han asignado al menos 145.781 expedientes. Esta colaboración se ha realizado gracias a un acuerdo expreso llevado a cabo entre MINECO y Unespa para la colaboración del sector asegurador privado en la gestión y peritación de daños con el fin de acortar los plazos con los que el CCS indemniza a los asegurados.
Requisitos y proceso de reclamación
Para poder acceder a la indemnización del CCS es imprescindible contar con una póliza de seguro vigente que contemple las coberturas necesarias, y encontrarse al corriente del pago del recibo de prima de la póliza. Se cubren daños causados en personas y bienes, así como los gastos de alojamiento por inhabitabilidad de la vivienda o pérdida de ingresos por la paralización de una actividad económica. La pérdida de beneficios solo está cubierta si la póliza lo especifica y el daño afecta a los bienes asegurados.
Para solicitar las indemnizaciones, los asegurados deben seguir el procedimiento establecido -con la asistencia habitual de sus entidades de seguros-: notificación del siniestro, inspección de daños y presentación de la documentación pertinente, que puede hacerse por teléfono o de manera online. Aunque la legislación de seguros indica que el plazo máximo para presentar estas solicitudes es de 7 días, esta situación extrema ha llevado al Consorcio a comunicar que serán atendidas todas las solicitudes que se reciban, aunque se continúen dando después de esa semana de margen.